- Impuestos, Tasas y Precios Públicos
- Impuestos
- Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras
- 2,4 % del presupuesto de la obra.
- Obras cuya ejecución comiencen a partir de 2020 (siempre que haya entrado en vigor la bonificación) para proyectos que deriven en creación de, como mínimo, un puesto de trabajo, como mínimo, a media jornada que deberá mantenerse durante 3 años consecutivos (circunstancia que se comprobará que de no cumplirse íntegramente conllevará la anulación de la bonificación y por lo tanto el abono del iCiO que reste hasta alcanzar el 2,4% (por ser este el tipo general), con las siguientes condiciones:
- Puestos de trabajo creados Tipo de gravamen Base liquidable aplicable
- 1 Desde 400.000,00 euros hasta 600.000,00 euros 1,8%
- 1 Desde 600.000,01 euros en adelante 1,2%
- Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (Plusvalía)
- La cuota tributaria será el resultado de aplicar a la base imponible el tipo de gravamen del 12 %
- Impuesto sobre bienes inmuebles (I.B.I.)
- Tipos de gravamen:
-
- Inmuebles naturaleza urbana 0,6 %
- Inmuebles naturaleza rústica 0,8 %
- Inmuebles características especiales 0,7 %
- Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica
- Mínimo marcado en la Ley de Haciendas Locales
- Tasas
- Licencia ambiental
-
La cuota dependerá de la superficie ocupada por el local donde se realice la actividad:
- Hasta 50 metros cuadrados: 30 €
- De más de 50 a 100 metros: 45 €
- De más de 100 a 200 metros: 55 €
- De más de 200 metros a 1.000 metros: 60 €
- De más de 1.000 metros en adelante: 70 €
A estas cantidades se sumará el coste de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos.
- Modificación de Licencia Ambiental
-
- No sustancial: 10 €
- Sustancial: Idénticas condiciones que una nueva.
- Licencia de apertura
- Actividades que han obtenido previamente licencia ambiental: 10 €
- Mera comunicación
- Actividades incluidas en el Anexo V de la Ley 11/2003: 5 €
- Conformidad para obtener suministros
- Eléctrico, telefónico, otros de análogas características: 3 €
- Certificado/Informe de condiciones del inmueble
- Antigüedad, si existe o no expediente sancionador sobre el mismo, u otro tipo de solicitud que requiera informe del arquitecto municipal: 12 €
- Instalación de Veladores
-
- Cada mesa con cuatro sillas 21 €/año
- Instalar exclusivamente en los días de fiesta o durante los días de verano mayor número de mesas que el autorizado para el resto del año: 3 €/día
- Servicio de agua domiciliaria
-
- Cuota Fija Semestral: 11,50 €
- Tramos:
- 0-40 metros cúbicos: 0,24 €/metro cúbico
- 41-100 metros cúbicos: 0,44 €/metro cúbico
- Mayor de 100 metros cúbicos: 0,60 €/metro cúbico
El I.V.A. a aplicar es del 10%.
- Servicio de alcantarillado
- El 50 % de la factura del consumo de agua del semestre.
- Servicio de cementerio
-
- Concesión administrativa por 75 años para panteón (con capacidad para
acoger entre seis y nueve restos): 1.200,00 euros. - Concesión administrativa por 75 años para sepultura (con capacidad para
acoger un máximo de tres restos): 800,00 euros. - Concesión administrativa de nicho (dentro del panteón donado por la Congregación de la Sagrada Familia de Burdeos), por 75 años sin posibilidad de ser utilizado como columbario sino exclusivamente destinado a una sepultura: 250,00 euros.
- Concesión administrativa por 10 años para cruz (un resto): 100,00 euros.
- Columbario por 75 años para dos urnas: 500,00 euros.
- Abrir/sellar columbario: 75,00 euros.
- Retirada restos: 250,00 euros.
- Inhumación en panteón: 600,00 euros.
- Inhumación en sepultura: 325,00 euros.
- Inhumación en cruz así como trabajos de preparación y sellado: 600,00 euros.
- Construcción de la sepultura: si es para acoger máximo dos restos 1.400,00
euros y si es para acoger máximo tres restos 1.600,00 euros. - NO SE CONSTRUIRÁN PANTEONES (ENTRE 6 Y 9 RESTOS) NUEVOS.
- Transmisión de la concesión administrativa por el tiempo que le reste al
titular: 50,00 euros.
- Concesión administrativa por 75 años para panteón (con capacidad para
- Tasa por utilización de instalaciones deportivas
- Utilización del Polideportivo
-
- 10 €/hora sin luz
- 12 €/hora con luz
- Tasa específica para grupos que cuenten, al menos, con 7 niños:
-
- Cada niño y monitor abonarán una tasa de 6 euros que les permitirá acceder a las piscinas y resto de instalaciones deportivas durante una semana. Si únicamente pretendieran utilizarlas durante un fin de semana, la tasa será de 3 euros.
- Si se solicita para la temporada en la que las piscinas municipales no están abiertas al público, cada niño y monitor abonarán una tasa de 3 € que les permitirá acceder al polideportivo y campo de fútbol sin mínimo de tiempo y por máximos de una semana
- Servicio de recogida de residuos sólidos urbanos
-
- Tasas Domiciliarias: 43 €/año
- Tasas Industriales:
- 1ª Categoría: 181 €/año
- 2ª Categoría: 141 €/año
- 3ª Categoría: 106 €/año
- 4ª Categoría: 52 €/año
- Categoría especial: 193 €/año
- Tasa por emisión de informe al solicitar licencia urbanística
- 0.30 % del presupuesto de obra. (mínimo de 5 €)
- Primera Ocupación
- 0.30 % del presupuesto de obra. (mínimo de 5 €)
- Tasa por Entrada y Visita al Museo "Pilar Ramos de Guerra"
-
- Entrada Individual: 2 €
- Entrada Individual menores 10 años: 1€
- Entrada Individual mayores de 65 años y jubilados: 1 €
- Entrada de Grupo (mínimo de 20 personas): 1 €/persona
- Entrada individual carnet joven o carnet de estudiante: 1 €
- Tasa por el Aprovechamiento Especial de Terrenos de Dominio Público con Cajeros Automáticos, instalados en la fachada de Establecimientos Bancarios, Videoclubs y otros similares que cuenten con acceso directo desde la Vía Pública
-
- Un Cajero: 300 €/año
- Dos Cajeros: 500 €/año
- Tasa por Ocupación de Puesto en Mercadillo Municipal
-
- A.Los puestos fijos de 6 metros de largo y hasta dos metros de ancho pagarán 100 €/año
- B.Los puestos fijos de 6 metros de largo y más de dos metros de ancho pagarán 120 €/año
- C.Los puestos fijos que sobrepasen los 6 metros de largo abonarán tantos puestos como pudieran llegar a ocupar debido a su longitud
- D.Los puestos no fijos que se instalen durante los meses de junio, julio y agosto abonarán 10 € por día
- Los puestos no fijos que se instalen durante los meses de septiembre a mayo pagarán 5 € por día
- Si el titular de puesto y los autorizados a montarlo están empadronados en Melgar de Fernamental tendrán derecho a una bonificación:
- A. 50 €/año
- B. 60 €/año
- C. 50 % de la tarifa que proceda
- D. 5 € por día
- E. 3 € por día
- Tasa por Guardería
-
- Matrícula: 30 €/año
- Mensualidad:
- Jornada Madrugadores: 90 €/mes
- Jornada Completa: 60 €/mes
- Media Jornada: 30 €/mes
- Jornada Vespertina: 30 € al mes
- Sin Matrícula: 3 €/hora
- Mes de Agosto:
- Jornada Madrugadores: 100 €
- Jornada Completa: 70 €
- Sin matrícula:
- 5 €/hora cuando uno de los progenitores o representante legal se encuntre empadronado
- 10 €/hora si ninguno de ellos lo está
- Certificación Electrónica de datos catastrales
-
- Certificación Catastral literal urbano/rústica: 3 € por bien inmueble
- Certificación Catastral descriptiva, gráfica y linderos rústica o urbana: 8 € por bien inmueble
- Certificación negativa de bienes: 1 €
- Tasa por expedición y venta de Entradas para Espectáculos Culturales
-
- Espectáculos que no superen los 3000 € y se incluyan dentro de los ofertados a los teatros del circuito de la Junta de Castilla y León
- 3,5 € por adquisición en taquilla el mismo día de la actuación
- 3 € compra anticipada
- Espectáculos que superen los 3000 € o no incluidos en el circuito de la Junta de Castilla y León
- 5,5 € por adquisición en taquilla el mismo día de la actuación
- 5 € compra anticipada
- Espectáculos que no superen los 3000 € y se incluyan dentro de los ofertados a los teatros del circuito de la Junta de Castilla y León
- Tasa por Ocupación del Dominio Público con Instalación de Puestos, Barracas, Casetas de Ventas, Espectáculos, Atracciones o Recreo, Industrias Callejeras y Ambulantes y Rodaje Cinematográfico
- 0,80 € el m2 al día instalaciones hasta 10 m2.
- 0,40 € el m2 al día instalaciones superiores a 10 m2.
Se exceptúa de lo anterior la ocupación de dominio público con puestos de venta durante la Feria de San José y mercadillo municipal.
- Tasas expositores de la Feria de San José
- Mercadillo: 30 € por 4 metros lineales lineales y máximo de 3 metros de fondo y 2,5 metros alto
- Alimentación: 120 € por 4 metros lineales y máximo de 3 metros de fondo y 2,5 metros alto.
- Alimentación: 80 € por 4 metros lineales y máximo de 3 metros de fondo y 2,5 metros de alto asociaciones de comerciantes de más de 10 expositores
- Alimentación: Gratuito por 4 metros lineales y máximo de 3 metros de fondo y 2,5 metros de alto para asociaciones de marcas de calidad territoriales, Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) e Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP)
- Artesanos: 20 € por 4 metros lineales y máximo de 3 metros de fondo y 2,5 metros de alto.
- Artesanos: Gratuito por 4 metros lineales y máximo de 3 metros de fondo y 2,5 metros de alto para asociaciones de más de 5 expositores.
- Tasa por prestación de Servicio de Incendios
- La cuota tributaria total será la suma de las correspondientes a los tres epígrafes de la tarifa
-
- Epígrafe 1º Personal
- Por cada bombero, por cada hora o fracción: 9 €
- Por cada conductor, por cada hora o fracción: 9 €
- Epígrafe 2º Material
- Por cada camión, por cada hora o fracción: 24 €
- Desplazamiento
- Por cada Km. recorreido desde la salida del parque, hasta su regreso, por cada vehículo:0,36 €
- Epígrafe 1º Personal
- Tasa de Segregación de parcelas urbanas
- 0,05 € por m2 de finca matriz y 10 € por cada parcela en la que se divida dicha finca
- Servicio de báscula pública
-
TARIFAS BÁSCULA
DESDE
HASTA
PRECIO
80
10000
0,60 €
10000
15000
0,75 €
15000
20000
0,90 €
20000
25000
1,05 €
25000
35000
1,20 €
30000
35000
1,35 €
35000
40000
1,50 €
40000
45000
1,65 €
45000
50000
1,80 €
50000
99000
1,95 €
- Tasa por Matrimonio Civil
- La tasa establecida al efecto de utilizar las dependencias municipales de lunes a viernes en horario de 09 a 14.30 será la siguiente:
- - El Salón de Plenos de la Casa Consistorial: gratuito.
- El Centro Cultural Santa Ana: 40 euros.
- La Casona de los Palazuelos: 40 euros. - Dicha cantidad ascendería a 150 euros en el supuesto de que desde el Ayuntamiento se accediera a la utilización de dichas dependencias fuera del horario establecido en este artículo.
- Precios Públicos
- Precio Público por la Venta de Recuerdos del Canal de Castilla
-
- Complementos
- Chubasquero: 7 €
- Gorra: 3 €
- Camiseta entallada niñas: 3 €
- Camiseta entallada adultos: 5 €
- Polo algodón infantil: 5 €
- Pola algodón adulto: 5 €
- Paragüas: 6 €
- Bandolera: 5 €
- Genéricos: 4 €
- Material de Oficina y juguetes
- Llavero: 2 €
- Lapicero: 1 €
- Libreta: 2 €
- Bolígrafo: 2 €
- Pistola de aire: 2 €
- Prismáticos niño: 2 €
- Prismáticos adultos: 18 €
- Brújula: 5 €
- Cometa: 4 €
- Postales: 30 céntimos
- Complementos